Tras el rechazo del padre biológico a reconocer la filiación, una mujer debió iniciar un proceso judicial que se extendió por un mes para lograr inscribir a su bebé solo con su apellido.
Una mujer enfrentó una demora de un mes para inscribir el nacimiento de su hija debido a la negativa de su ex pareja a reconocer la filiación y a interpretaciones divergentes de la normativa vigente. La gestante tuvo que recurrir a la Justicia, que finalmente autorizó la inscripción del recién nacido solo con el apellido materno.
El caso expone grises jurídicos en la aplicación de la Ley de Reproducción Asistida en Argentina, particularmente en situaciones donde no hay consentimiento de ambas partes para el reconocimiento. La resolución judicial sienta un precedente sobre el derecho de la madre a inscribir a su hijo ante la falta de reconocimiento paterno.
Expertos en derecho de familia señalan que la situación evidencia la necesidad de clarificar aspectos procedimentales en la ley para evitar demoras administrativas y garantizar los derechos de los niños y niñas desde el momento de su nacimiento.
