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Tropezó en la vereda, demandó a la empresa de agua y al dueño de una obra, pero perdió el juicio y deberá pagar las costas

Una mujer que sufrió una caída en la vía pública en Brandsen inició un reclamo judicial por daños y perjuicios, pero la Justicia desestimó su demanda por falta de pruebas y la condenó a pagar los gastos del proceso.

Un accidente ocurrido en la vereda de la ciudad de Brandsen, provincia de Buenos Aires, derivó en un juicio que terminó con un fallo adverso para la reclamante. El caso, tramitado en el Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 10 de La Plata, expuso las dificultades para probar la responsabilidad en incidentes en la vía pública, incluso cuando se acreditan lesiones y gastos médicos.

La demanda se dirigió contra la prestadora del servicio de agua potable y contra el propietario del inmueble frente al cual ocurrió el hecho. Según la denuncia, la mujer tropezó con una tapa de servicio que sobresalía de la vereda, lo que le provocó un golpe contra una pared y una caída al suelo. A raíz de ello, aseguró haber sufrido lesiones graves que afectaron su vida cotidiana y requirieron atención médica, incluyendo una cirugía.

La defensa de la empresa sostuvo que sus operarios solo realizaron una reconexión interna en la caja de agua en noviembre de 2019, sin modificar la vereda, y que todas las tareas se hicieron con señalización adecuada. El otro demandado, dueño del inmueble, negó responsabilidad y señaló que la propia mujer atribuyó el riesgo a la tapa de agua, no a su propiedad.

Durante el proceso, la reclamante modificó el monto reclamado para cubrir los gastos de la operación. Se presentaron testimonios, pericias y documentación médica. Sin embargo, la jueza destacó que la versión del accidente cambió en distintas etapas, y que las fotografías aportadas no permitieron identificar con precisión el lugar ni vincular los elementos con el sitio denunciado.

La única testigo llegó después de la caída y solo repitió lo que la mujer le contó. Un perito arquitecto inspeccionó la zona casi cuatro años después, lo que restó valor a su informe. Además, los certificados médicos mencionaron una “caída de propia altura” sin detallar la causa.

El fallo concluyó que no se probó que el accidente se debiera al elemento atribuido a la empresa, y que las pruebas no acreditaron la existencia ni ubicación del supuesto riesgo. Por ello, se rechazó la demanda y se ordenó que la reclamante pague los costos del juicio. La regulación de honorarios se difirió para una etapa posterior.

El caso subraya la importancia de contar con pruebas claras y precisas para obtener una sentencia favorable en reclamos por accidentes en la vía pública.

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