El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condena a tres meses y un día de prisión a un soldado del Ejército de Tierra destinado en Melilla por viajar a Málaga sin autorización durante una baja médica.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres meses y un día de prisión a un soldado del Ejército de Tierra destinado en la Compañía del Mar (ULOG-24) de Melilla por viajar en barco a Málaga sin autorización mientras se encontraba de baja médica. La sentencia, dictada el 14 de julio de 2026, desestima los recursos presentados por la defensa y ratifica íntegramente el fallo original del Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla.
El caso se remonta al 19 de febrero de 2025, cuando el soldado inició una baja médica por una dolencia de espalda, que posteriormente fue extendida hasta el 4 de julio de ese año. Según la normativa militar, durante el periodo de baja el soldado debía permanecer en su domicilio habitual en Melilla, salvo autorización expresa para ausentarse.
No obstante, el 7 de mayo de 2025, el soldado salió de Melilla en barco hacia Málaga y regresó el 11 de mayo sin haber solicitado permiso. Los hechos fueron documentados mediante la declaración del propio militar, testimonios de compañeros, reservas de pasajes y la confirmación del coronel jefe de la ULOG-24 de que no existía autorización.
La defensa del soldado argumentó que se había vulnerado la presunción de inocencia, insuficiencia motivadora y errores en la valoración de los hechos probados, y sostuvo que el militar permaneció localizable. La Fiscalía Togada se opuso al recurso, defendiendo la validez de las pruebas. El Tribunal Supremo desestimó todos los motivos de casación y confirmó la condena, que incluye la suspensión de empleo, cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el periodo de condena, en aplicación del artículo 56 del Código Penal Militar.
