A partir del 1° de septiembre, los fabricantes que vendan celulares, laptops, tablets y computadoras de escritorio en Texas deberán ofrecer piezas, herramientas y documentación para su reparación, según la ley HB 2963.
Desde el 1° de septiembre, quienes compren celulares, laptops, tablets o computadoras de escritorio en Texas contarán con un nuevo marco normativo vinculado a la reparación de sus dispositivos. La ley HB 2963 establece obligaciones para los fabricantes, pero no impone a los consumidores ningún requisito adicional respecto al arreglo de los productos.
Obligaciones de los fabricantes
Según la norma, los fabricantes deberán proporcionar repuestos, herramientas y documentación técnica tanto a los propietarios de los equipos como a los proveedores independientes de reparación. La disponibilidad de estos recursos no podrá condicionarse a que el solicitante pertenezca a una red autorizada de reparación.
La documentación digital, como manuales, diagramas y códigos de servicio, deberá estar disponible sin costo. Si una persona solicita una copia física, el fabricante podrá cobrar únicamente los gastos razonables relacionados con su preparación y envío.
Las herramientas, que pueden ser físicas o digitales, deberán ofrecerse gratuitamente o por un importe equivalente al menor costo al que el fabricante las entregue a un proveedor autorizado, considerando descuentos, reembolsos y otros incentivos. Las piezas deberán comercializarse bajo condiciones equivalentes a las ofrecidas a los servicios autorizados.
El requisito alcanza a los productos que incorporen componentes electrónicos digitales y que tengan un precio mayorista de al menos 50 dólares. La legislación no se aplica de manera retroactiva: comprende los equipos que los fabricantes pongan originalmente a la venta en Texas desde el 1° de septiembre.
Exclusiones de la ley
La HB 2963 establece exclusiones para los siguientes dispositivos:
- Consolas de videojuegos.
- Vehículos.
- Motocicletas.
- Cuatrimotos.
- Embarcaciones.
- Maquinaria pesada, agrícola, ferroviaria y aeroespacial.
- Dispositivos médicos.
- Determinados equipos de infraestructura crítica.
- Sistemas de seguridad o alarmas contra incendios.
- Ciertos electrodomésticos grandes incorporados a una vivienda, como heladeras y hornos.
La obligación no implica que las compañías deban revelar secretos comerciales sin límites. Los fabricantes no deberán divulgar información protegida salvo cuando sea necesario para efectuar una reparación. Tampoco estarán obligados a proporcionar herramientas destinadas a desactivar mecanismos de seguridad o sistemas antirrobo sin la autorización correspondiente del propietario.
Plazos y cumplimiento
La ley establece que la documentación, las piezas y las herramientas correspondientes deberán estar disponibles como máximo un año después de la primera venta del producto en Texas. El cumplimiento de estas disposiciones estará a cargo del fiscal general de Texas.
La normativa no permite que un consumidor o un taller presente directamente una demanda contra el fabricante por una infracción de esta ley.
Sanciones por incumplimiento
Antes de iniciar una acción judicial, el fiscal general deberá enviar al fabricante una notificación escrita con al menos 30 días de anticipación. El aviso deberá identificar las disposiciones que presuntamente fueron incumplidas.
Durante ese periodo, la empresa podrá corregir la situación. Si soluciona la infracción y entrega una declaración escrita confirmando que tomó medidas para remediarla y evitar nuevas violaciones, no podrá iniciarse una acción judicial por ese incumplimiento.
Si el fabricante no realiza la corrección dentro del plazo, la infracción podrá ser considerada una práctica comercial engañosa conforme al Código de Comercio y Negocios de Texas. El fiscal general podrá solicitar ante los tribunales una orden para impedir que continúe la conducta. En ese proceso, el estado también podrá reclamar honorarios razonables de abogados y otros gastos derivados de la investigación y del litigio.
