El Juzgado de la Segunda Circunscripción de La Rioja admitió formalmente un amparo contra EDELAR y otorgó una medida cautelar parcial que prohíbe interrumpir el suministro eléctrico a los firmantes de Chilecito y Famatina, manteniendo los valores tarifarios vigentes al momento de la presentación.
La Justicia de la Segunda Circunscripción de La Rioja admitió formalmente un amparo presentado contra la Empresa Distribuidora de Electricidad de La Rioja (EDELAR) y concedió parcialmente una medida cautelar que impide cortar el suministro a los usuarios firmantes y mantiene para ellos los valores tarifarios tomados como referencia al iniciar la acción legal.
La decisión alcanza a aproximadamente 200 personas de los departamentos de Chilecito y Famatina. Según informó la diputada provincial Gabriela Rodríguez, quien acompañó el reclamo, la protección no se extiende automáticamente a todos los usuarios de la provincia, sino únicamente a quienes suscribieron el expediente colectivo.
EDELAR es la distribuidora del servicio eléctrico en todo el territorio provincial y opera como una sociedad anónima unipersonal. La empresa informa que el Estado riojano recuperó en 2014 la mayoría del paquete accionario del holding que la controlaba.
El conflicto se originó por facturas que los vecinos calificaron como de difícil afrontamiento. En julio se realizaron reuniones públicas en Chilecito y en agosto más de 200 personas presentaron la acción judicial. El amparo solicitó retrotraer los valores de las facturas, impedir interrupciones por falta de pago y establecer facilidades de pago para los hogares afectados.
La diputada Rodríguez mencionó casos de ingresos mensuales de entre 200.000 y 400.000 pesos frente a boletas de 600.000 o 700.000 pesos. Estas cifras fueron expuestas por la legisladora y no representan una auditoría general de la facturación de EDELAR.
La administración provincial había sostenido que el precio de la energía se mantenía congelado y que parte del incremento respondía al aumento del consumo invernal, a cambios nacionales en subsidios y a mayores costos de abastecimiento. El presidente de EDELAR, Jerónimo Quintela, afirmó el 2 de septiembre que la tarifa provincial no había sufrido modificaciones desde abril y que el Estado absorbía los aumentos nacionales.
La admisibilidad formal del amparo no resuelve el fondo del planteo ni declara ilegal el cuadro tarifario general. La medida cautelar parcial produce un efecto inmediato sobre la continuidad del servicio y el valor aplicable a los firmantes. El grupo incluido en el expediente recibió protección específica frente a cortes y variaciones respecto de los valores considerados al momento de la presentación.
