El Consejo Nacional Electoral amplió el plazo de inscripción de testigos electorales para las elecciones presidenciales del 31 de mayo. La nueva fecha límite es el 28 de mayo a las 5:00 p. m.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió la Resolución Sala Plena No. 2659 de 2026, mediante la cual amplió el plazo de inscripción de testigos electorales para las elecciones presidenciales que se celebrarán el 31 de mayo. Según informó la entidad, la nueva fecha límite para la postulación quedó establecida para el jueves 28 de mayo a las 5:00 p. m.
Esta decisión responde a la necesidad de facilitar a las agrupaciones políticas y organizaciones de observación electoral un margen adicional para completar el proceso de registro de sus representantes.
De acuerdo con el comunicado oficial del CNE, la inscripción se realiza exclusivamente a través de la Plataforma Única de Postulación y Acreditación de Actores Electorales, una herramienta digital creada para agilizar el procedimiento y mejorar la trazabilidad de los registros. El acceso a la plataforma está disponible en actoreselectoralespresidencia.cne.gov.co.
Hasta el momento, 223.929 actores electorales, entre testigos, auditores de sistemas y observadores nacionales e internacionales, han sido postulados y acreditados por partidos y organizaciones. Estos actores desempeñarán funciones de vigilancia antes, durante y después de la jornada democrática, con el objetivo de respaldar la legitimidad del proceso electoral.
El CNE recordó que cada agrupación política puede registrar un testigo electoral por cada una de las 118.346 mesas habilitadas en el territorio nacional.
Capacitación oficial para testigos electorales
El Consejo Nacional Electoral anunció el inicio de capacitaciones presenciales dirigidas a los testigos electorales que participarán en los comicios. La entidad invitó a los postulados a reservar espacio en sus agendas para asistir a estas sesiones, enfocadas en fortalecer el conocimiento sobre las funciones y responsabilidades de los testigos durante la elección.
Las capacitaciones se programaron para el 29 y 30 de mayo en distintos municipios de Cundinamarca, incluyendo Chía, Mosquera, Tocancipá, Gachancipá, Funza, Cogua y Zipaquirá. La autoridad electoral publicó el cronograma detallado y los lugares designados para cada jornada, con el propósito de garantizar la cobertura y el acceso a la formación.
¿Quiénes son los testigos electorales y cuál es su función?
Los testigos electorales son ciudadanos designados por partidos, movimientos políticos o grupos significativos de ciudadanos que inscribieron candidatos para la contienda presidencial. De acuerdo con la Ley 1475 de 2011 y el Código Electoral Colombiano, su función es observar el desarrollo de la votación y los escrutinios, presentar reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades cuando se detecten situaciones que lo ameriten.
Cada partido o movimiento puede designar un testigo por mesa de votación. Si no cuentan con el número suficiente, pueden nombrar coordinadores autorizados para cubrir varias mesas dentro de un mismo puesto de votación. El proceso de acreditación se formaliza con dos tipos de credenciales expedidas por la Registraduría: el formulario E-15 para actuar ante los jurados de votación y el E-16 para actuar ante las comisiones escrutadoras.
Responsabilidades durante la jornada electoral
Los testigos electorales deben presentarse en sus puestos asignados a las 7:00 a. m. y cumplen tareas precisas en cada fase del proceso. Antes de abrir las urnas, verifican que los jurados estén debidamente acreditados, supervisan que los paquetes de tarjetas electorales permanezcan cerrados y observan que las actas y documentos no hayan sido diligenciados previamente.
Durante la jornada, su labor incluye observar que los ciudadanos sufraguen en secreto, confirmar que solo se utilicen cédulas válidas y velar porque no exista interferencia indebida de personas o autoridades. Al cierre de las urnas, los testigos deben constatar que ningún ciudadano vote después de las 4:00 p. m., vigilar la destrucción de las tarjetas no utilizadas y presenciar el conteo de votos.
La normativa vigente los faculta para formular reclamaciones escritas en caso de irregularidades, las cuales se adjuntan a los documentos electorales y se resuelven durante el escrutinio. Las solicitudes de recuento de papeletas deben ser atendidas de inmediato por los jurados.
Herramienta tecnológica y vigilancia internacional
El CNE implementó la Plataforma Única de Postulación y Acreditación de Actores Electorales con el objetivo de brindar mayor agilidad y transparencia al registro de testigos, auditores y observadores, incluyendo la participación de misiones nacionales e internacionales que acompañarán el proceso.
Según cifras divulgadas por el organismo, la alta cantidad de actores electorales postulados hasta el 23 de mayo refleja el interés de partidos y organizaciones por asegurar una vigilancia efectiva. El CNE reiteró que la transparencia y la legitimidad de los comicios dependen en gran medida de la labor de estos veedores.
